El ejercicio 2026 marca un cambio relevante en el Impuesto sobre Sociedades, aunque conviene precisarlo desde el inicio: la bajada de tipos no es general. La reducción se concentra exclusivamente en pymes y micropymes, mientras que el tipo general aplicable al resto de sociedades permanece inalterado en el 25 %.
Este matiz es clave para interpretar correctamente el alcance de la reforma.
Qué cambia en 2026 para las pymes
Las empresas de reducida dimensión -aquellas cuya cifra de negocios no supera los 10 millones de euros- verán reducido su tipo del Impuesto sobre Sociedades del 24 % al 23 % en 2026.
Este ajuste forma parte de una senda descendente prevista por el legislador, que culminará en un tipo del 20 % en 2029. No se trata de una rebaja puntual, sino de un proceso progresivo que exige revisar el tipo aplicable en cada cierre.
Eso sí, el beneficio fiscal depende de mantener cada año la condición de empresa de reducida dimensión.
El tratamiento específico de las micropymes
Las micropymes -con facturación inferior al millón de euros- se benefician en 2026 de un esquema distinto. El impuesto se aplica por tramos:
- 19 % para los primeros 50.000 euros de base imponible.
- 21 % para el resto.
Este sistema introduce una lógica más progresiva, aunque conviene recordar que solo el primer tramo tributa al tipo más bajo.
Lo que no cambia en 2026
Frente a estas rebajas selectivas, las sociedades que no encajan en las categorías de pyme o micropyme mantienen el tipo general del 25 %. Tampoco se benefician de la reducción las sociedades patrimoniales, incluso aunque tengan una cifra de negocios reducida.
En consecuencia, la reforma no supone una bajada general del Impuesto sobre Sociedades, sino una medida focalizada en el tejido empresarial de menor dimensión.
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